El Juzgado de Primera Instancia de Sagunto, ha dictado sentencia a favor de un cliente de nuestro despacho, al cual le habían sustraído efectivo en varias disposiciones a través de cajeros automáticos, utilizando el pin del usuario. Previamente a estos hechos, A.D. había sido víctima de la sustracción de su cartera con todas las tarjetas, documentación y teléfono móvil. La sustracción se produjo cuando A.D. se percató de que tenía una rueda pinchada. Al bajar del vehículo y por la puerta contraria a la del conductor uno o varios individuos se apropiaron de sus efectos, El Banco afectado, al que se le reclamó el cumplimiento de la aplicación del límite legal como pérdida, se negó a atender a los requerimientos, alegando una negligente custodia del número pin, cuando lo cierto es que se trata de bandas organizadas que utilizan este modus operandi, lo que es de sobra conocido. Pese a que por parte de A. D. se interpeló al defensor del cliente de la entidad, posteriormente, al propio Banco de España, que determinó que la decisión del banco se trataba de una mala práctica bancaria, finalmente han sido los Tribunales de Justicia quienes han condenado a la entidad totalidad del pago de las cantidades reclamadas y a las costas del procedimiento.
Se trata de una práctica habitual de mucha entidades conscientes de que reclamar unos cientos o unos pocos miles de euros, apenas sale rentable y muchos usuarios no llegan hasta el final `por distintas razones. Recomendamos no dejar de reclamar en estos casos flagrantes.